En Neurointensivos de Colombia S.A.S estamos comprometidos en la orientación oportuna a nuestros usuarios y clientes. Por ello, exponemos aquí el artículo 10 de la Ley de Salud 2015: Los pacientes tienen los siguientes.
- A acceder a la prestación de servicio de salud en las condiciones y términos consagrados en la ley.
- Recibir la asistencia médica disponible, oportuna, segura, continua y de calidad.
- Elegir libremente entre las opciones que le presente su médico y luego de ser informado sobre los costos y los riesgos, decidir la realización o no de los procedimientos, ante la obtención de su consentimiento por escrito con la determinación tomada.
- A recibir acceso oportuno a las tecnologías y a los medicamentos requeridos y servicios de salud en condiciones de higiene, seguridad y respeto a su intimidad.
- A ser informado manteniendo una comunicación plena, clara, comprensible y completa bajo un enfoque diferencial, con el grupo de salud sobre su enfermedad, y todo lo relacionado con su salud, incluyendo diagnóstico, tratamiento, procedimientos quirúrgicos, pronóstico, tiempo previsible de estancia, alternativas de tratamiento y riesgos.
- A recibir respeto, trato digno por autonomía, creencias y costumbres, así como las opiniones sobre su enfermedad y los procedimientos.
- Que se mantenga la confidencialidad de toda la información relacionada con su historial clínico y su estado de salud y guardar el secreto profesional dentro del marco ético legal vigente; así como acceder a los datos personales durante la elaboración de esta.
- Respetar la voluntad de participar o no en investigaciones de acuerdo con la normatividad vigente y respetar la voluntad de aceptar o rehusar la donación de sus órganos.
- Garantizar las condiciones para una muerte digna, donde su proceso siga un curso natural en la fase terminal de su enfermedad.
- Participar en la planeación, gestión, evaluación y control de los servicios de salud a través de la Alianza de Usuarios, comités de participación ciudadana y veedurías.
- A recibir información sobre los canales formales para presentar reclamaciones, quejas, sugerencias y en general, para comunicarse con la administración de las instituciones, así como a recibir una respuesta por escrito.
Son deberes de los pacientes de Neurointensivos de Colombia S.A.S, los siguientes:
- Respetar la institución, los procesos, al personal, a los demás pacientes y a los acompañantes. Observar y apoyar normas de convivencia, aislamiento, limpieza y seguridad institucional
- Brindar información necesaria, clara y completa solicitada por el equipo de salud. Dar su consentimiento informado en los formatos establecidos por NEUROINTENSIVOS DE COLOMBIA S.A.S asumiendo los riesgos y recomendaciones.
- Respetar el clero religioso de las demás personas. Buscar en todo el bien común. Presentar sus peticiones, quejas, reclamos y felicitaciones al personal que lo atiende.
- Colaborar con la confidencialidad de la información relacionada con su proceso de atención
- Asumir los copagos, excedentes y otros servicios no cubiertos por su empresa aseguradora de salud.
- Aceptar o rechazar por escrito la participación en investigaciones médicas.
- Asegurar la presencia de un familiar y/o acompañante durante el proceso de atención y en caso de que sea requerido por el personal tratante.
- Informar al médico y a la enfermera sobre las decisiones y deseos del paciente y su familia en caso de enfermedad terminal.
- Informar oportunamente los cambios de información como: Dirección, número de teléfono, persona responsable y número de documento de identidad.
- Participar activamente en la Asociación de Usuarios, veedurías y comités de participación.
- Afiliarse al Sistema general de seguridad social en salud y acogerse a las recomendaciones que apliquen durante su estancia en la institución brindando en todo momento información veraz.
- Asistir puntualmente a las citas, controles y demás actividades programadas por el equipo de salud de la institución. Cumplir con las recomendaciones generales de cuidado y tratamiento prescritas por el profesional de la salud.